Los objetivos de la planificación y el ordenamiento urbano son muy amplios, sin embargo a los fines de poder intervenir en la realidad es fundamental contar con una plataforma normativa que permita regular las intervenciones de los actores que construyen la ciudad. Este cuerpo normativo que es político y es la traducción espacial de lo demandado por los distintos grupos de interés sociales y económicos inter-actuantes, se reconoce pública y genéricamente, como la materia principal del ordenamiento urbano-territorial.
Con base en la división predial y la propiedad privada, la normativa urbano-edificatoria ha jugado el rol de herramienta fundamental para la intervención en ese proceso que constituye la "construcción del paisaje urbano". Y esto se ha basado en la convicción de que es posible condicionar a través de ella las ocupaciones que se realizan predio a predio y por sumatoria construir dicho paisaje urbano.
Desde la regulación de la edificabilidad del predio se pretende actuar sobre la materia urbana pero sin encarar sistemáticamente los desafíos e impactos que esos cambios crean en la ciudad Como ejemplos pueden citarse la autorización de alturas en algunas zonas de las ciudades o la densificación predial de barrios-jardín o balnearios, sin la previsión de cambios en sus infraestructuras.
"En materia urbanística, Uruguay cuenta básicamente con instrumentos jurídicos pobres, escasos, inadecuados a la realidad nacional y francamente obsoletos". Con ésta frase iniciaba su informe del 2 de Junio de 1999, acerca del Proyecto de Ley de Ordenamiento y Desarrollo Territorial el Dr. Hermann R. Leis Gravina. En efecto, la actividad planificadora fue regida durante décadas por Leyes como la de Centros Poblados de 1946 y recién en 2008 logra sortear los debates quedando amparada en una Ley de Ordenamiento territorial a nivel nacional, antes sólo se concretaba en cuerpos legislativos de jurisdicción departamental. Estos cuerpos legislativos asignaron áreas rurales, urbanas y suburbanas y sus características traducidas en un grupo de Decretos y Resoluciones que norman la actividad edificatoria dentro de los límites previstos. El ámbito físico de estas normas de alcance urbano-departamental es el predio y en pocos casos se extiende a las vías, espacios públicos o considera conjuntos mayores, Proyectos urbanísticos o Planes parciales.